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Revista Guatemalteca de Psicología Vol. 2 No. 1, Año 2023
OBJETIVO: Presentar el protocolo para garantizar la tutela judicial efectiva de las niñas, niños, adolescentes
(NNA), y de personas en situación de discapacidad antes, durante y después de la entrevista en el ámbito de la
justicia familiar. Se utilizó el MÉTODO documental, para compendiar, recopilar la información que llevó a describir,
desarrollar y presentar el protocolo, teniendo de base los resultados obtenidos en investigaciones previas de
la autora; donde se recopilaron datos a través de observaciones, encuestas, entrevistas. RESULTADOS: el
protocolo de actuación para el equipo multidisciplinario integra el procedimiento especíco para los jueces,
ociales de audiencia, profesionales de psicología, auxiliares de áreas lúdicas, técnicos del sistema de circuito
cerrado. Con el n de cumplir con las normas y principios que rigen el interés superior del niño de forma integral,
para evitar la revictimización, como se establece en la Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia
y de Tribunales de Familia. Del mismo modo, ofrecer la ruta de atención a la persona responsable de traer a la
entrevista, al niño, niña o adolescente, o persona con alguna discapacidad para desarrollar la misma según los
lineamientos que se encuentran en el presente protocolo. CONCLUSIÓN: El protocolo en cuestión establece
pautas y acciones para el actuar de los trabajadores de la unidad interdisciplinaria en los juzgados de familia.
Su objetivo principal es prevenir la revictimización durante el proceso de atención a los usuarios, tanto antes,
durante como después de la entrevista.
Resumen
Protocolo para entrevista en Cámara de Circuito Cerrado, a Niños, Niñas,
Adolescentes y Personas con alguna Discapacidad en los Juzgados de Primera
Instancia de Familia de Guatemala
Palabras clave
Ley de tribunales de familia, entrevista, cámara de circuito cerrado, niño, niña, adolescente (NNA), persona con
discapacidad
Protocol for interviews in a Closed Circuit Camera, with Boys, Girls, Adolescents
and People with Disabilities in the Family Courts of First Instance of Guatemala
Recibido: 12/10/2023
Aceptado: 17/11/2023
Publicado: 29/11/2023
OBJECTIVE: Present the protocol to guarantee effective judicial protection of girls, boys, adolescents
(NNA), and people with disabilities before, during and after the interview in the eld of family justice. The
documentary METHOD was used to summarize and compile the information that led to describing, developing
and presenting the protocol, based on the results obtained in previous research by the author; where data was
collected through observations, surveys, interviews. RESULTS: the action protocol for the multidisciplinary
Abstract
Iris Janeth Nolasco Molina
Universidad de San Carlos de Guatemala
Ensayo Cientíco
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team integrates the specic procedure for judges, hearing ofcers, psychology professionals, recreational
area assistants, closed circuit system technicians. In order to comply with the rules and principles that govern
the best interests of the child in a comprehensive manner, to avoid revictimization, as established in the Law
on the Comprehensive Protection of Children and Adolescents and Family Courts. Likewise, offer the care
route to the person responsible for bringing the child or adolescent, or person with a disability, to the interview
to develop it according to the guidelines found in this protocol. CONCLUSION: The protocol in question
establishes guidelines and actions for the actions of the workers of the interdisciplinary unit in family courts. Its
main objective is to prevent revictimization during the process of providing care to users, both before, during
and after the interview.
Keywords
Family Court Law, interview, closed circuit camera, boy, girl, adolescent (NNA), person with disabilities
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Introducción
El presente ensayo es procedente de la
investigación denominada “Proceso de
Atención a NNA/personas adultas con
discapacidad en la entrevista de Cámara de
Circuito Cerrado” (Nolasco M. J., 2020) y del
artículo cientíco “Victimización secundaria
en el proceso de entrevista en cámara de
circuito cerrado, Centro de Servicios Auxiliares
de la Administración de Justicia de Familia”
(Nolasco M. I., 2021) desarrollados en el grado
académico de maestría en psicología forense.
Tomando en consideración que, en las políticas
institucionales del Organismo Judicial, se
contempla el eje estratégico de la normativa
de justicia en materia de familia, a los usuarios
como tema central de los servicios.
Conjuntamente del Acceso a la Justicia para
Personas en Situación de Discapacidad, y la
de Protección Especial de las Niñas, Niños
y Adolescentes; con lo cual, este protocolo
se convierte en un elemento que materializa
las mismas. Este es el mecanismo que
hace posible la atención digna al usuario,
minimizando la victimización secundaria y
asegurando la condencialidad y privacidad
del entrevistado.
Dichas políticas, orientan el fortalecimiento de
los equipos multidisciplinarios, la instalación
de espacios dignos para su accesibilidad y
movilidad, la estandarización de los mecanismos
de trabajo, la capacitación y sensibilización,
para que se disminuya la revictimización, y
garantizar la tutela judicial efectiva.
El presente protocolo constituye una
herramienta metodológica que orienta el
accionar del aparato multidisciplinario, en los
juzgados, en el ámbito de familia; para que
brinden una atención integral, conforme a
las necesidades propias de cada persona.
A pesar de la existencia del Protocolo para
recibir Declaraciones de Niñas, Niños y
Adolescentes Víctimas y/o Testigos, publicado
mediante acuerdo 16-2013, el cual conlleva
elementos generales del accionar en el
ámbito penal, civil, con el uso de la cámara de
Gessell; No especica las funciones de todos
los actores que intervienen en el desarrollo de
la entrevista en la cámara de circuito cerrado,
en los juzgados de familia.
Protocolo de actuación para el equipo
multidisciplinario para entrevista en
Cámara de Circuito Cerrado, a Niños,
Niñas, Adolescentes y Personas
con Discapacidad en los Juzgados
de Primera Instancia de Familia de
Guatemala
Marco Jurídico
Todo lo establecido en materia de derechos
humanos, es la base para el abordaje
jurídico a nivel nacional e internacional, por
lo que hace una integración normativa, que
permite identicar todos aquellos estándares
que deben ser cumplidos, en la entrevista
de niños, niñas, adolescentes, entre ellas:
Convención sobre los Derechos del niño,
Observación General No 14. (2013) artículo
1. Normativa Nacional, Ley de Protección a
NNA (Organismo Judicial, 2014), en el artículo
99 establece:
Organización. La jurisdicción de los
tribunales de la Niñez y la Adolescencia y de
Adolescentes en Conicto con la Ley Penal
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será especializada y tendrá la organización
que dispone la Ley del Organismo Judicial
y demás normas legales aplicables, su
personal, deber ser especializado. (P.14).
Acuerdo Número 16-2013 de la Corte
Suprema de Justicia: “Instructivo para el
Uso y Funcionamiento de la Cámara Gesell,
Circuito Cerrado y otras Herramientas para
recibir las Declaraciones de Niños, Niñas y
Adolescentes Víctimas y/o Testigos” (p.4).
Acuerdo Número 42-2014 de la Corte
Suprema de Justicia. Reglamento de los
Órganos Jurisdiccionales y Administrativos
del Centro de Justicia de Familia de la ciudad
de Guatemala. (Organismo Judicial, 2014, p.
3) Artículo 5. Uso obligatorio del sistema de
circuito cerrado de televisión. … se regirá por
las normas de funcionamiento de la Cámara
Gesell, circuito cerrado y otras herramientas
para recibir las declaraciones de niños,
niñas y adolescentes víctimas y/o testigos,
contenidas en el Acuerdo Número 16-2013
de la Corte Suprema de Justicia. (Organismo
Judicial, 2014, p. 5).
Principios que rigen el quehacer el
equipo interdisciplinar:
El equipo interdisciplinario está obligado
a implementar los principios de justicia,
“integridad responsabilidad, prudencia,
respeto, eciencia, ecacia, efectividad”
(Organismo Judicial, 2013, p.4) y los
profesionales en psicología, se adhieren a los
Principios Éticos del Profesional en Psicología
Código de Ética, Principio I Respeto por
la Dignidad de las Personas y los Pueblos
(Colegio de psicologos de Guatemala, 2018),
art.1.6 Protección a personas vulnerables, y
el 1.7. Consentimiento Informado.(P.25).
Tipos de Juicio en donde Interviene el equipo
interdisciplinario para entrevistar en Cámara
de Circuito Cerrado: Suspensión y Pérdida
de Patria Potestad, Guarda y Custodia,
Diligencias Voluntarias de autorización
judicial, Relaciones Familiares, Modicación,
Obligación de hacer, Ordinario de Divorcio,
De Utilidad y Necesidad, Tutela y Protutela,
Diligencias Voluntarias de Declaratoria de
Interdicción, Violencia Intrafamiliar, medidas
de protección.
Etapas del protocolo
1. Atención previa a la entrevista de niños,
niñas y adolescentes, (en adelante se
denominará NNA); luego o persona en
condición de discapacidad.
2. Atención durante la entrevista en Cámara
Circuito Cerrado.
3. Finalizada la entrevista en Cámara
Circuito Cerrado.
1) Atención previa a la entrevista
del NNA o persona en condición de
discapacidad Juez
1. Se le indica a la madre, padre o responsable
legal del NNA o persona en situación de
discapacidad, en una razón administrativa
según sea el caso, la información
relacionada para el día de la audiencia
2. Establece fecha y hora para la celebración
de la audiencia en donde se escuchará
la opinión del niño niña o adolescente o
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persona con alguna discapacidad a través
de la cámara de circuito cerrado, con el
auxilio de la profesional en psicología que
realiza la entrevista.
3. Fundamenta la prevalencia del interés
superior del niño niña adolescente
respetando su derecho de opinión con
apoyo del equipo multidisciplinario del
juzgado.
4. Solicita la presencia del abogado
representante de la Procuraduría General
de la Nación.
5. Informa a los abogados y a los padres o
cuidadores de niños, niñas, adolescentes
o personas adultas con discapacidad
que van a ser entrevistados, sobre la
importancia de respetar la opinión, sin
vulnerar los derechos y la dignidad a
través de algún tipo de violencia que
pudiera generarse antes o después
de la entrevista. Ya que en base a la
experiencia se ha evidenciado que los
entrevistados dan su opinión y al salir
de la entrevista, son cuestionados,
culpabilizados, lo que les ocasiona
desconanza a pronunciarse con libertad
ante la falta de privacidad a su relato.
6. Consigna en la resolución que los NNA
deben presentarse en la sala lúdica con
45 minutos de anticipación.
7. Ordena al Auxiliar de Audiencia cuando
sea necesario gestionar la intervención de
intérprete o traductor.
8. Coordina con el profesional de
psicología las inquietudes que desea
dilucidar en la entrevista en la cámara
de circuito cerrado.
Ocial de Audiencia
1. Entrega a las partes copia de la resolución
emitida y la guía informativa con la ruta a
seguir para el desarrollo de la entrevista.
2. Si la resolución se dicta fuera de audiencia,
se acompaña con las cédulas la guía
informativa con la ruta a seguir para el
desarrollo de la entrevista.
3. Gestiona donde corresponda para que el
día de la audiencia se encuentre presente el
intérprete o traductor, cuando sea necesario.
4. Elabora y entrega ocio a la unidad de
auxiliares de juez para la designación del
profesional de psicología, con diez días
de anticipación. O entrega al profesional
de psicología el ocio emitido por el juez.
5. Mantiene comunicación con el profesional
de psicología para informarle cualquier
cambio en la agenda.
6. Verica previo a la audiencia el óptimo
funcionamiento del equipo de audio y
video en coordinación con el encargado
del sistema de circuito cerrado.
7. Indicarle a que sala de entrevista debe
dirigirse, el día en que se va a llevar
a cabo la entrevista en la Cámara de
Circuito Cerrado. (en adelante se utilizará
las abreviaturas CCC).
Personal de sala de cuidado
1. Recibe correo o por ocio la agenda de
audiencia en cámara de circuito cerrado,
8 días antes del día de audiencia.
2. Mantiene contacto directo con el
entrevistado al momento de recibir al
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NNA o persona con discapacidad previa a
dirigirlo a la sala de entrevista.
3. Llena el formulario correspondiente con la
información proporcionada en la agenda
de audiencia.
Personal de sistema de circuito
cerrado
1. Recibe correo u ocio, del profesional en
psicología con la agenda de las audiencias
que se desarrollarán.
2. Realiza las pruebas del buen
funcionamiento en los equipos de CCC,
en la sala de entrevista y de audiencia.
Vericando el funcionamiento del equipo,
60 minutos antes.
Profesional de psicología
1. Recibe el ocio girado por el juez, 15 días
antes de la audiencia para recibir opinión.
Donde se solicita que realice la entrevista
en cámara de circuito cerrado.
2. Verica datos relevantes a nivel
psicológico, de la persona a entrevistar,
que se encuentran en el proceso.
3. Estructura los lineamientos para
desarrollar la entrevista, considerando las
condiciones especícas de la persona a
entrevistar.
4. Entrega el día viernes la agenda de
audiencias que se realizarán en la semana
próxima al técnico del sistema de circuito
cerrado y a la encargada de la sala lúdica.
5. Coordina con el juez, por lo menos 8 días
antes, las interrogantes a dilucidarse en la
entrevista.
6. Auxilia al juez/a sobre los servicios de
apoyo que debería brindársele a la
persona en situación de discapacidad.
7. Coordina con la administración del edicio,
en caso de requerir adaptación física, para
garantizar la accesibilidad.
8. Solicita a la persona de la sala de cuidado
que le traslade al siguiente NNA a la CCC.
9. Verica el óptimo funcionamiento del equipo
de circuito cerrado (baterías, encendido de
la consola, escucha optima del audio)
10. Coordina con el técnico de circuito cerrado
el óptimo funcionamiento del equipo 60
minutos antes de la audiencia.
11. Cuenta con el espacio físico de la cámara
de circuito cerrado limpio, con servilletas,
agua pura, vasos, sin distractores visuales,
auditivos.
Persona que representa legalmente
al NNA
1. Recibe información que le proporciona el
juez y ocial de audiencia, para el día de
la entrevista.
2. Sigue la ruta de atención, que se les dio
el día de la audiencia. O cuando se le
noticó.
3. Asiste 45 minutos antes de la entrevista, a
la sala lúdica, el día de la audiencia.
4. Consigna la información requerida en el
formulario correspondiente, que le entrega
a la persona encargada de la sala lúdica.
5. Entrega al NNA a la persona encargada
de la sala lúdica. Se traslada al juzgado
para anunciarse.
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Persona que representa legalmente
al entrevistado/a:
Para escucha de opinión o reconocimiento
judicial.
1. Asiste 45 minutos antes de la entrevista y
se trasladan a la sala de espera.
2. Asiste a la sala de psicología para entregar
a la persona con discapacidad.
3. Asiste a la sala de psicología para rmar
el consentimiento de la entrevista.
4. Se traslada al juzgado para anunciarse.
5. Permanece en la sala de espera, hasta
que termina la entrevista, si el Niño(a) es
menor a 4 años, preferentemente que lo
acompañe.
6. Recibe del profesional de psicología a la
persona que fue entrevistada.
2) Atención durante la entrevista
del NNA o persona en situación de
discapacidad
Juez
1. Permite que el profesional de psicología
ejecute la conversación adherida a los
lineamientos establecidos en el protocolo,
considerado el tiempo oportuno, acuerdo
a la edad evolutiva del NNA, persona en
situación de discapacidad.
2. Cuando el profesional de psicología le
informe, la existencia de inestabilidad
emocional (irritabilidad, llanto, temor a
quedarse solo con el entrevistador) que
impide el desarrollo de la entrevista,
decidirá suspender o pausar la misma.
Ocial de Audiencia
1. Verica el óptimo funcionamiento del
equipo de grabación en coordinación con el
encargado del sistema de circuito cerrado.
2. Graba la entrevista, la cual quedará bajo
resguardo del juzgado.
Personal de sala lúdica
1. Verica los datos de identicación del
encargado del NNA y entregar la boleta de
control, la cual debe ser rmada y sellada
por el experto de psicología al nalizar la
entrevista.
2. Indica al encargado del NNA o persona con
discapacidad que debe mantenerse en
sala de espera, al menos que por la edad
del entrevistado o tipo de discapacidad, se
6. Asiste a la sala de psicología para rmar
el consentimiento de la entrevista.
7. Regresa a sala de cuidado con la boleta
rmada por el profesional de psicología.
SI PGN NO ESTA EJERCIENDO
REPRESENTACIÓN ES UN DERECO
Y DEBER DE LOS PADRES VELAR
POR ELLO, COMO SE RESGUARDARÁ
ESTO?
8. Retira a la persona que fue entrevistada
de la sala lúdica.
9. Evita hacer preguntas al entrevistado
sobre el desarrollo de la entrevista.
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le requiera acompañarle en la sala lúdica.
3. Atiende, cuidar y observar al entrevistado/a,
durante su permanencia en la sala lúdica.
4. Cuando el entrevistado/a es más de uno,
al ser solicitado por el profesional de
psicología, hacer el traslado al NNA a la
CCC, y retornarlo a sala lúdica.
Profesional de psicología
1. Verica la condición emocional antes
de iniciar el proceso de empatía con la
persona que va a entrevistar.
2. Informa a la persona a entrevistar de su
participación en todos los procedimientos
necesarios, independientemente de su
edad, sexo, origen, etc. Reere quién está
en la sala de audiencias y sus derechos,
condencialidad y restricciones de acceso
a los registros. y objetivos y resultados
de la intervención. Como lo establece el
código deontológico en psicología.
3. Para informar a las personas con
discapacidad, según las necesidades, se
recomienda: a)en la cognitivas y mental:
utilizar un lenguaje sencillo, cotidiano y
concreto.
4. Discapacidad auditiva: Los intérpretes
intervienen con lenguaje de señas o gestos
visuales y mensajes visuales, audífonos
especiales en caso de hipoacusia,. c)
Para personas con discapacidad visual:
sonido o Braille. d) Múltiples, transitoria,
que el entrevistador cuente con el
acompañamiento de otro profesional que
le auxilie ante las necesidades especícas
que presente el entrevistado.
5. Desarrolla la entrevista, apegándose a los
lineamientos del Instructivo para el uso y
funcionamiento de la Cámara de Gesell,
Circuito Cerrado y otras herramientas
para recibir las declaraciones de niños,
niñas y adolescentes víctimas y /o testigos
y Protocolo para elaboración del Informe
Psicológico Forense en los Juzgados de
Familia (2019; pág.60-61).
6. Los espacios físicos deben contar con
rampas de acceso, uso de elevadores,
pasamanos, para las personas con
discapacidad física.
3. Finalizada la entrevista en Cámara
de Circuito Cerrado
Juez
1. Informa al profesional de psicología, por
medio del intercomunicador la nalización
de la entrevista o escucha de opinión.
Auxiliar de Audiencia
1. Apaga el equipo de audio y video.
2. Elabora el acta sucinta en la que se hace
constar la comparecencia del juez /a,
encargado/a de Procuraduría General
de la Nación, profesional de psicología,
ocial de audiencia, NNA/ persona con
discapacidad.
3. Entrega el acta de la audiencia al juez/a,
representante legal de Procuraduría
General de la Nación, profesional de
psicología, ocial de audiencia para la
rma correspondiente.
4. Entrega copia del acta al representante
legal de Procuraduría General de la
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Nación, a la persona representante legal
del NNA/ persona con discapacidad y al
profesional de psicología.
Personal de sala Lúdica
1. Recibe la boleta que fue rmada y sellada
por el profesional de la psicología y entrega
el NNA/ persona con discapacidad al
padre, madre o representante legal.
Profesional de psicología
1. Toma el tiempo necesario para realizar el
cierre de la entrevista, considerando las
condiciones evolutivas del entrevistado.
2. Traslada al NNA, a sala lúdica. Si la persona
tiene alguna discapacidad, se entrega al
representante legal que lo acompaña.
3. Firma y sella la boleta de la sala lúdica,
que le entregaron al padre, madre o
representante legal.
4. Firma el acta sucinta que le traslada el
ocial de audiencia.
5. En caso de requerir evaluación psicológica,
ordenada por el juzgador, se continuará el
proceso después de la entrevista. Para
evitar que asista más de una vez.
Personas que representa legalmente
al NNA
1. Al terminar la audiencia entrega la boleta
que le dieron en la sala de cuidado, al
profesional de psicología, quien se la
rma y sella.
2. Asiste a la sala de audiencia a recibir
copia del acta sucinta.
3. Presentarse a sala de cuidados, entregar
la boleta y recibir al NNA o persona con
discapacidad que fue entrevistado.
GUÍA INFORMATIVA PARA PADRES
O ENCARGADOS
Procedimiento antes, durante y después de
la entrevista en Cámara de circuito cerrado.
1. Antes
Recibir del ocial de audiencia, copia de
resolución emitida por el juez, y la guía
informativa sobre la programación del día
que se realizará la entrevista, para escucha
de opinión o reconocimiento judicial.
• Seguir los pasos de la guía informativa.
• Evitar sugerir respuestas al entrevistado/a
sobre la problemática del juicio.
2. Durante
Asistir 45 minutos antes de la entrevista.
Anunciar su presencia en el juzgado.
• Asistir a la sala de psicología para rmar el
consentimiento informado.
Asistir a la sala lúdica, recibir boleta y
consignar la información requerida.
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3. Después
Al terminar la audiencia, asistir a sala de
audiencia a recibir copia del acta sucinta.
Asistir con el profesional de psicología, para
la rma y sello de la boleta que se le dio en la
sala lúdica.
Entregar en la sala lúdica la boleta rmada
por el profesional de psicología.
• Retirar de la sala lúdica, a la persona que
fue entrevistada.
• Evitar hacer preguntas al entrevistado sobre
el desarrollo de la entrevista.
Conclusión
La cámara de circuito cerrado es el espacio
físico, optimo, sin distractores ambientales,
en donde permanece solo el entrevistado
y el profesional de psicología; quien le
entrevista, para escuchar su opinión o
realizar el reconocimiento judicial, en materia
de individuos con alguna situación de
discapacidad. Con el n de evitar la “doble
victimización”. (Beristaín, 1999).
El equipo interdisciplinario contará con
los lineamientos que se encuentran en el
presente protocolo, para brindar el proceso
de entrevista antes, durante y después, que
garantice la tutela judicial.
Existen guías comportamentales, los cuales
establecen que se debe dar atención al
estado emocional del NNA, observando
sus conductas, emociones y cogniciones y
factores de riesgo (Novo, 2003) que permita
analizar el desarrollo evolutivo, los recursos
psicológicos, vínculos de apego seguro,
la emociones, motivaciones, recursos
familiares, económicos, y la adaptación que
tiene a la vida escolar, social y familiar.
Entre otras, las recomendaciones para la
entrevista establecidas en “El Instructivo
para el Uso y Funcionamiento de la Cámara
Gesell, Circuito Cerrado y otras Herramientas
para recibir las Declaraciones de Niños, Niñas
y Adolescentes Víctimas, aprobado por la
Corte Suprema de Justicia,” según Acuerdo
Número 16- 2013.
La guía informativa para los padres, madres
o representantes legales, es un aporte
signicativo, que les permite conocer el
procesamiento antes, durante y después de
la entrevista, apegado al cumplimiento de la
atención integral en derechos humanos de
las personas usuarias del sistema judicial.
• Entregar al NNA, o persona con discapacidad
a la persona encargada de la sala lúdica.
• Permanecer en la sala de espera hasta que
termine la entrevista. O permanecer en sala
lúdica acompañando a la persona que será
entrevistada, según edad o condición socio
emocional.
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ISSN: 2958-1524
102
DOI: https://doi.org/10.57247/rgp.v2i1.128
Revista Guatemalteca de Psicología Vol. 2, No. 1, Año 2023
Derecho de uso
Copyright (2023) Iris Janeth Nolasco Molina
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Sobre la autora
Iris Janeth Nolasco Molina
Es Psicóloga, de la Escuela de Ciencias
Psicológicas de la USAC, Psicóloga
Forense por la Universidad de San Carlos
de Guatemala, Master en Resolución de
Conictos, y Mediación por la Universidad
de Cervantes de España, Profesora
revisora de procesos de investigación con
nes de graduación y docente de la terna
examinadora de la Unidad de Graduación
de la Escuela de Ciencias Psicológicas de la
USAC, Psicóloga en los Juzgados de Familia
del Centro de Servicios Auxiliares de Familia,
Organismo Judicial. Docente de la maestría
en psicología Forense de la Escuela de
Ciencias Psicológicas.
Declaración de intereses
Declara no tener ningún conicto de intereses,
que puedan haber inuido en los resultados
obtenidos o las interpretaciones propuestas.
Declaración de consentimiento
informado
El estudio se realizó respetando el Código
de ética y buenas prácticas editoriales de
publicación.